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Buscando: impuesto de sociedades

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1.1         Cómo y cuándo debe presentarse la declaración:



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2. Rendimientos procedentes de operaciones de capitalización, de contratos de seguro de vida o invalidez y rentas derivadas de imposición de capitales.



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con-011.htm

1.1.1            Normas sobre elementos patrimoniales afectos a la actividad.



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con-012.htm

Estimación directa simplificada



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con-015.htm

1.  Ganancias y pérdidas patrimoniales



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con-016.htm

1.      La parte de ganancia generada desde el 20 de enero de 2006 hasta la fecha de transmisión no tendrá reducción.



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con-017.htm

1.1.1            Acciones liberadas



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con-018.htm

b) Son inmuebles excluidos de imputación:



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con-023.htm

1.1         Cuentas ahorro vivienda



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con-029.htm

En lo que se refiere a los rendimientos del capital mobiliario



Texto encontrado en el fichero:
con-030.htm

Naturaleza y ámbito de aplicación del impuesto



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con-032.htm

A los efectos de lo dispuesto en esta letra, se asimilarán a los expedientes de regulación de empleo del párrafo anterior los planes estratégicos de recursos humanos de las Administraciones públicas que persigan los mismos fines.



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con-033.htm

·        s) Las subvenciones de capital concedidas a quienes exploten fincas forestales gestionadas de acuerdo con planes técnicos de gestión forestal, ordenación de montes, planes dasocráticos o planes de repoblación forestal aprobados por la Administrac



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con-034.htm

RENDIMIENTOS DEL TRABAJO



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con-036.htm

Estas cantidades tendrán como límite el 25 por 100 de los rendimientos íntegros obtenidos en el desempeño del citado puesto de trabajo, cuando éstos representen la principal fuente de renta del contribuyente.



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con-037.htm

7. Cuando el rendimiento neto de la actividad económica tenga un período de generación superior a dos años y no se obtenga de forma periódica o recurrente, o se califique reglamentariamente como obtenido de forma notoriamente irregular en el tiempo, se co



Texto encontrado en el fichero:
con-038.htm

Artículo 24.   Normas para la determinación del rendimiento neto en la modalidad simplificada del método de estimación directa



Texto encontrado en el fichero:
con-040.htm

Artículo 34.   Rendimientos obtenidos por la participación en los fondos propios de cualquier tipo de entidad



Texto encontrado en el fichero:
con-042.htm

El tomador únicamente tendrá la facultad de elegir, entre los distintos conjuntos separados de activos, en cuáles debe invertir la entidad aseguradora la provisión matemática del seguro, pero en ningún caso podrá intervenir en la determinación de los acti



Texto encontrado en el fichero:
con-043.htm

·        Bienes o derechos adjudicados.



Texto encontrado en el fichero:
con-044.htm

·        e) En los casos de separación de los socios o disolución de sociedades, se considerará ganancia o pérdida patrimonial, sin perjuicio de las correspondientes a la sociedad, la diferencia entre el valor de la cuota de liquidación social o el valor



Texto encontrado en el fichero:
con-045.htm

El importe de la renta positiva a incluir se determinará en proporción a la participación en los resultados o, en su defecto, a la participación en el capital, los fondos propios o los derechos de voto de la entidad.



Texto encontrado en el fichero:
con-046.htm

7. Lo previsto en este artículo se entenderá sin perjuicio de lo dispuesto en los tratados y convenios internacionales que hayan pasado a formar parte del ordenamiento interno español y en el artículo 6.º de esta Norma Foral.



Texto encontrado en el fichero:
con-047.htm

·        h) La imputación de bases imponibles positivas de sociedades en régimen de transparencia fiscal a que se refiere el artículo 48 de esta Norma Foral, se efectuará en el período impositivo en que se hubiesen aprobado las cuentas anuales correspondi



Texto encontrado en el fichero:
con-048.htm

·        d) Por el coste para el pagador, incluidos los tributos que graven la operación, las siguientes rentas:



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con-050.htm

Las aportaciones propias que el empresario individual realice a mutualidades de previsión social, a planes de pensiones de empleo o a entidades de previsión social voluntaria de los que a su vez sea promotor y partícipe o mutualista, o socio protector y b



Texto encontrado en el fichero:
con-053.htm

En el supuesto de que alguno o varios de los miembros de la unidad familiar adquiera o adquieran una vivienda habitual, habiendo disfrutado cualquier miembro de la citada unidad familiar de deducción por otra u otras viviendas habituales anteriores, para



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con-054.htm

Artículo 82.   Deducción por doble imposición internacional



Texto encontrado en el fichero:
con-057.htm

3. La Diputación Foral podrá admitir el pago de la deuda tributaria mediante entrega de los siguientes bienes:



Texto encontrado en el fichero:
con-058.htm

Artículo 102.   Pagos fraccionados



Texto encontrado en el fichero:
con-059.htm

OBLIGACIONES FORMALES



Texto encontrado en el fichero:
con-061.htm

2. Se modifica el apartado 1 del artículo 31 de la Norma Foral 11/1991, de 17 de diciembre, del Impuesto sobre el Patrimonio, que quedará redactado como sigue:



Texto encontrado en el fichero:
con-063.htm

2. Los dividendos y participaciones en beneficios distribuidos por las instituciones de inversión colectiva que procedan de beneficios obtenidos con anterioridad a la entrada en vigor de esta Norma Foral, se integrarán en la base imponible de los socios o



Texto encontrado en el fichero:
con-064.htm

IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO



Texto encontrado en el fichero:
con-065.htm

1.    BASE IMPONIBLE



Texto encontrado en el fichero:
con-067.htm

1.     Los ingresos procedentes del arrendamiento o compraventa de inmuebles.



Texto encontrado en el fichero:
con-075.htm

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES



Texto encontrado en el fichero:
con-076.htm

Obligación personal:



Texto encontrado en el fichero:
con-077.htm

Estas diferencias temporales deberán contabilizarse.



Texto encontrado en el fichero:
con-078.htm

1.   AMORTIZACIONES



Texto encontrado en el fichero:
con-079.htm

-        Sistemas de amortización:



Texto encontrado en el fichero:
con-080.htm

EJERCICIO 4



Texto encontrado en el fichero:
con-081.htm

Supongamos que el proyecto cumple los requisitos previstos en el art. 35.1.  Entonces puede aplicarse las siguientes deducciones:



Texto encontrado en el fichero:
con-083.htm

EJERCICIO 6



Texto encontrado en el fichero:
con-086.htm

1.     COMPENSACION DE BI NEGATIVAS



Texto encontrado en el fichero:
con-087.htm

1.   DEDUCCIONES Y BONIFICACIONES



Texto encontrado en el fichero:
con-091.htm

1.   Pago fraccionado



Texto encontrado en el fichero:
con-092.htm

Imputación del efecto impositivo  al resultado del ejercicio



Texto encontrado en el fichero:
con-095.htm

Requisitos objetivos (art. 94 Y 95  LIVA y 24 RIVA)



Texto encontrado en el fichero:
con-100.htm

ENTREGAS INTRACOMUNITARIAS



Texto encontrado en el fichero:
con-101.htm

LIQUIDACION DE IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES E IVA  2



Texto encontrado en el fichero:
con-104.htm

Régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca



Texto encontrado en el fichero:
con-109.htm

NORMA FORAL 8/1998, de 24 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.[1]



Texto encontrado en el fichero:
con-110.htm

PREAMBULO



Texto encontrado en el fichero:
con-111.htm

Entre las deducciones de carácter técnico se contempla la deducción por doble imposición de dividendos y la deducción por doble imposición internacional.



Texto encontrado en el fichero:
con-114.htm

r)[1] Las rentas positivas que se pongan de manifiesto como consecuencia de:



Texto encontrado en el fichero:
con-115.htm

5. Las ganancias y pérdidas patrimoniales se considerarán obtenidas por los contribuyentes que, según lo previsto en el artículo 7 de la Norma Foral del Impuesto sobre el Patrimonio, sean titulares de los bienes, derechos y demás elementos patrimoniales d



Texto encontrado en el fichero:
con-116.htm

c) La entrega a los trabajadores en activo, de forma gratuita o por precio inferior al normal de mercado, de acciones o participaciones de la propia empresa o de otras empresas del grupo de sociedades, en la parte que no exceda, para el conjunto de las en



Texto encontrado en el fichero:
con-118.htm

Artículo 1. Bonificaciones.[1]



Texto encontrado en el fichero:
con-119.htm

Artículo 4. Elementos patrimoniales afectos.



Texto encontrado en el fichero:
con-120.htm

b) Se calculará la diferencia entre los ingresos y los gastos mencionados en la letra anterior y la cantidad resultante se minorará en el 5 por 100, en concepto de provisiones y gastos de difícil justificación.



Texto encontrado en el fichero:
con-122.htm

Seccion 3ª: Rendimientos del capital mobiliario



Texto encontrado en el fichero:
con-125.htm

Artículo 21. Rendimiento neto.



Texto encontrado en el fichero:
con-126.htm

Artículo 24. Importe de las ganancias o pérdidas patrimoniales. Norma general.



Texto encontrado en el fichero:
con-127.htm

Artículo 28. Reinversión en los supuestos de transmisión de vivienda habitual.



Texto encontrado en el fichero:
con-128.htm

Artículo 32. Tributación de los socios o partícipes de las instituciones de inversión colectiva constituidas en países o territorios calificados reglamentariamente como paraísos fiscales.



Texto encontrado en el fichero:
con-129.htm

Capítulo VIII: Reglas especiales de valoración



Texto encontrado en el fichero:
con-132.htm

Artículo 45. Reducción por tributación conjunta.[1]



Texto encontrado en el fichero:
con-137.htm

Capítulo IV: Deducciones para el fomento de las actividades económicas



Texto encontrado en el fichero:
con-138.htm

Capítulo VII: Otras deducciones



Texto encontrado en el fichero:
con-141.htm

Artículo 79. Autoliquidación e ingreso de la deuda tributaria.



Texto encontrado en el fichero:
con-142.htm

Artículo 83. Cómputo de la retención e ingreso a cuenta.



Texto encontrado en el fichero:
con-144.htm

Quinta. Mutualidades de trabajadores por cuenta ajena.



Texto encontrado en el fichero:
con-146.htm

DISPOSICIONES TRANSITORIAS



Texto encontrado en el fichero:
con-147.htm

Décima. Tributación de determinados valores de deuda pública.



Texto encontrado en el fichero:
con-149.htm

DECRETO FORAL 67/2002, de 17 de diciembre, por el que se establecen los coeficientes de actualización aplicables, en el ejercicio 2003, a efectos de lo dispuesto en el artículo 43.2 de la Norma Foral 8/1998, de 24 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta



Texto encontrado en el fichero:
con-150.htm

TÍTULO  I NATURALEZA  Y  ÁMBITO  DE  APLICACIÓN  DEL  IMPUESTO



Texto encontrado en el fichero:
con-152.htm

La presente exención será incompatible, para los contribuyentes destinados en el extranjero, con el régimen de excesos excluidos de tributación previsto en el artículo 6.A.3.b) del Decreto Foral 111/2001, de 18 de diciembre, que aprueba el texto refundido



Texto encontrado en el fichero:
con-153.htm

1.1.1.   TÍTULO  III  CONTRIBUYENTES



Texto encontrado en el fichero:
con-154.htm

Artículo 16.-                Rendimiento íntegro del trabajo.



Texto encontrado en el fichero:
con-155.htm

Artículo 17.-   Rendimiento neto del trabajo.



Texto encontrado en el fichero:
con-156.htm

Artículo 22.-               Elementos patrimoniales afectos.



Texto encontrado en el fichero:
con-157.htm

Artículo 24.- Normas para la determinación del rendimiento neto en la modalidad simpli­ficada del método de estimación directa.



Texto encontrado en el fichero:
con-159.htm

SECCIÓN  3ª  RENDIMIENTOS  DEL  CAPITAL  MOBILIARIO



Texto encontrado en el fichero:
con-161.htm

Artículo 39.-               Rendimiento neto.



Texto encontrado en el fichero:
con-162.htm

Artículo 42.-               Importe de las ganancias o pérdidas patrimoniales.  Norma general.



Texto encontrado en el fichero:
con-163.htm

Artículo 46.-               Reinversión en los supuestos de transmisión de vivienda habitual.



Texto encontrado en el fichero:
con-164.htm

SECCIÓN  3ª INSTITUCIONES  DE  INVERSIÓN  COLECTIVA



Texto encontrado en el fichero:
con-165.htm

CAPÍTULO  VIII  REGLAS  ESPECIALES  DE  VALORACIÓN



Texto encontrado en el fichero:
con-167.htm

Artículo 63.- Reducción por tributación conjunta.



Texto encontrado en el fichero:
con-170.htm

CAPÍTULO  IV  DEDUCCIONES  PARA  EL  FOMENTO  DE  LAS  ACTIVIDADES  ECONÓMICAS



Texto encontrado en el fichero:
con-171.htm

1.1.1.   CAPÍTULO  VII OTRAS  DEDUCCIONES



Texto encontrado en el fichero:
con-174.htm

Artículo 97.-               Autoliquidación e ingreso de la deuda tributaria.



Texto encontrado en el fichero:
con-175.htm

CAPÍTULO  III  LIQUIDACIONES  PROVISIONALES



Texto encontrado en el fichero:
con-177.htm

Tercera.-            Remisiones normativas.



Texto encontrado en el fichero:
con-178.htm

Séptima.-            Entidades de Previsión Social Voluntaria.



Texto encontrado en el fichero:
con-179.htm

Decimocuarta.-



Texto encontrado en el fichero:
con-182.htm

LEY FORAL 22/1998, DE 30 DE DICIEMBRE,DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS



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con-183.htm

RÉGIMEN JURÍDICO, NATURALEZA, OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL IMPUESTO



Texto encontrado en el fichero:
con-184.htm

Artículo 8º. Estimación de rentas



Texto encontrado en el fichero:
con-187.htm

Artículo 28. Rendimientos obtenidos por la participación en fondos propios de cualquier tipo de entidad



Texto encontrado en el fichero:
con-189.htm

Sección 3ª  Rendimientos de actividades empresariales o profesionales



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con-190.htm

Artículo 35. Normas para la determinación del rendimiento neto en estimación directa



Texto encontrado en el fichero:
con-191.htm

Artículo 37. Elementos patrimoniales afectos a actividades empresariales o profesionales



Texto encontrado en el fichero:
con-192.htm

Artículo 40. Importe de los incrementos o disminuciones. Criterio general



Texto encontrado en el fichero:
con-193.htm

Artículo 44. Incrementos no justificados



Texto encontrado en el fichero:
con-194.htm

Artículo 48. Calificación de la renta atribuida



Texto encontrado en el fichero:
con-195.htm

Artículo 50. Pagos a cuenta



Texto encontrado en el fichero:
con-196.htm

CAPÍTULO III  Integración y compensación de rentas



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CAPÍTULO II  Cuota líquida



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Artículo 63. Justificación documental



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Artículo 67. Deducción por doble imposición internacional



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Curso Fiscal



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Cursos



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Fiscal



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