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Buscando: contabilidad de una empresa

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Autonomos



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con-001.htm

EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS 2009



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con-002.htm

Los premios literarios, artísticos o científicos relevantes, así como los Premios Príncipe de Asturias, en sus distintas modalidades, otorgados por la Fundación Príncipe de Asturias.



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con-004.htm

1.1         Tributación individual y conjunta



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con-005.htm

La valoración de las reglas anteriores no podrá exceder del 10% de las restantes contraprestaciones por el trabajo.



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con-008.htm

cuando el rendimiento del trabajo en especie sea satisfecho por empresas



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con-009.htm

1.1.1                  Rendimiento en caso de parentesco



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con-010.htm

2. Rendimientos procedentes de operaciones de capitalización, de contratos de seguro de vida o invalidez y rentas derivadas de imposición de capitales.



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1.1.1            Normas sobre elementos patrimoniales afectos a la actividad.



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con-012.htm

Estimación directa simplificada



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con-013.htm

Por tanto, se podrán aplicar las siguientes normas:



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con-014.htm

Que las actividades económicas desarrolladas sean idénticas o similares. A estos efectos, se entenderán que son idénticas o similares las actividades económicas clasificadas en el mismo grupo en el impuesto sobre actividades económicas.



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con-020.htm

1.1         Base liquidable del ahorro



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con-023.htm

1.1         Cuentas ahorro vivienda



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con-024.htm

1.1         Deducciones propias de las comunidades autónomas.



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con-025.htm

1.1.1            Rentas sometidas a retención e ingreso a cuenta y su importe



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con-026.htm

Pagos fraccionados. Obligados a efectuar pagos fraccionados.



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con-028.htm

Norma Foral 10/1998, de 21 de diciembre, del Territorio Histórico de Vizcaya, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.



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con-029.htm

En lo que se refiere a los rendimientos del capital mobiliario



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Naturaleza y ámbito de aplicación del impuesto



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con-032.htm

A los efectos de lo dispuesto en esta letra, se asimilarán a los expedientes de regulación de empleo del párrafo anterior los planes estratégicos de recursos humanos de las Administraciones públicas que persigan los mismos fines.



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con-034.htm

RENDIMIENTOS DEL TRABAJO



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con-035.htm

o       5.ª Las prestaciones por jubilación e invalidez percibidas por los beneficiarios de contratos de seguro colectivo que instrumenten los compromisos por pensiones asumidos por las empresas, en los términos previstos en la disposición adicional prime



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con-037.htm

7. Cuando el rendimiento neto de la actividad económica tenga un período de generación superior a dos años y no se obtenga de forma periódica o recurrente, o se califique reglamentariamente como obtenido de forma notoriamente irregular en el tiempo, se co



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con-042.htm

El tomador únicamente tendrá la facultad de elegir, entre los distintos conjuntos separados de activos, en cuáles debe invertir la entidad aseguradora la provisión matemática del seguro, pero en ningún caso podrá intervenir en la determinación de los acti



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con-045.htm

El importe de la renta positiva a incluir se determinará en proporción a la participación en los resultados o, en su defecto, a la participación en el capital, los fondos propios o los derechos de voto de la entidad.



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con-048.htm

·        d) Por el coste para el pagador, incluidos los tributos que graven la operación, las siguientes rentas:



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con-049.htm

Base liquidable



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con-050.htm

Las aportaciones propias que el empresario individual realice a mutualidades de previsión social, a planes de pensiones de empleo o a entidades de previsión social voluntaria de los que a su vez sea promotor y partícipe o mutualista, o socio protector y b



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con-053.htm

En el supuesto de que alguno o varios de los miembros de la unidad familiar adquiera o adquieran una vivienda habitual, habiendo disfrutado cualquier miembro de la citada unidad familiar de deducción por otra u otras viviendas habituales anteriores, para



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con-061.htm

2. Se modifica el apartado 1 del artículo 31 de la Norma Foral 11/1991, de 17 de diciembre, del Impuesto sobre el Patrimonio, que quedará redactado como sigue:



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con-066.htm

1.    DEUDA TRIBUTARIA



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con-067.htm

1.     Los ingresos procedentes del arrendamiento o compraventa de inmuebles.



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con-068.htm

a) Venta del chalet.



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con-069.htm

16. Rendimientos de Trabajo Personal.



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con-070.htm





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con-071.htm

Calcular los rendimientos íntegros obtenidos en la operación en el ejercicio y las retenciones que deban realizarse.



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con-072.htm

21. Renta y Patrimonio



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con-073.htm

22. Renta y Patrimonio



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con-076.htm

Obligación personal:



Texto encontrado en el fichero:
con-077.htm

Estas diferencias temporales deberán contabilizarse.



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con-080.htm

EJERCICIO 4



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con-081.htm

Supongamos que el proyecto cumple los requisitos previstos en el art. 35.1.  Entonces puede aplicarse las siguientes deducciones:



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1.   Provisiones por pérdida de valor



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con-083.htm

EJERCICIO 6



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con-085.htm

Métodos de determinación del VNM. Regla general.



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con-086.htm

1.     COMPENSACION DE BI NEGATIVAS



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con-088.htm

      Bonificaciones



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con-090.htm

1.1.         9º Deducción por creación de empleo para trabajadores discapacitados



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con-091.htm

1.   Pago fraccionado



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con-092.htm

Imputación del efecto impositivo  al resultado del ejercicio



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con-093.htm

1.1.1.   Concepto de prestación de servicios



Texto encontrado en el fichero:
con-094.htm

5. Los servicios prestados por vía electrónica



Texto encontrado en el fichero:
con-095.htm

Requisitos objetivos (art. 94 Y 95  LIVA y 24 RIVA)



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con-096.htm

Pueden agruparse atendiendo a los criterios marcados por la ley en los siguientes grupos:



Texto encontrado en el fichero:
con-097.htm

CLASES



Texto encontrado en el fichero:
con-098.htm

PRORRATA EN LOS BIENES DE INVERSIÓN



Texto encontrado en el fichero:
con-099.htm

2. EXPORTACIONES



Texto encontrado en el fichero:
con-100.htm

ENTREGAS INTRACOMUNITARIAS



Texto encontrado en el fichero:
con-101.htm

LIQUIDACION DE IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES E IVA  2



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con-102.htm

Quedarán excluidos del régimen simplificado:



Texto encontrado en el fichero:
con-103.htm

Régimen especial de las agencias de viajes



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con-104.htm

Régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca



Texto encontrado en el fichero:
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Régimen especial del grupo de entidades



Texto encontrado en el fichero:
con-107.htm

PERDIDAS Y GANANCIAS



Texto encontrado en el fichero:
con-109.htm

NORMA FORAL 8/1998, de 24 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.[1]



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con-110.htm

PREAMBULO



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con-111.htm

Entre las deducciones de carácter técnico se contempla la deducción por doble imposición de dividendos y la deducción por doble imposición internacional.



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con-113.htm

Artículo 9. Rentas exentas.[1]



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con-115.htm

5. Las ganancias y pérdidas patrimoniales se considerarán obtenidas por los contribuyentes que, según lo previsto en el artículo 7 de la Norma Foral del Impuesto sobre el Patrimonio, sean titulares de los bienes, derechos y demás elementos patrimoniales d



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con-116.htm

c) La entrega a los trabajadores en activo, de forma gratuita o por precio inferior al normal de mercado, de acciones o participaciones de la propia empresa o de otras empresas del grupo de sociedades, en la parte que no exceda, para el conjunto de las en



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con-117.htm

d)[1] En el caso de rendimientos derivados de prestaciones por invalidez, en los términos y grados que se fijen reglamentariamente, percibidas en forma de capital, por los beneficiarios de contratos de seguros colectivos a los que se refiere el artículo 1



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con-119.htm

Artículo 4. Elementos patrimoniales afectos.



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con-124.htm

Artículo 19. Otros rendimientos del capital mobiliario.



Texto encontrado en el fichero:
con-125.htm

Artículo 21. Rendimiento neto.



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con-127.htm

Artículo 28. Reinversión en los supuestos de transmisión de vivienda habitual.



Texto encontrado en el fichero:
con-129.htm

Capítulo VIII: Reglas especiales de valoración



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con-130.htm

Artículo 37. Rentas del capital inmobiliario.[1]



Texto encontrado en el fichero:
con-131.htm

TITULO V: BASE LIQUIDABLE



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con-132.htm

Artículo 45. Reducción por tributación conjunta.[1]



Texto encontrado en el fichero:
con-137.htm

Capítulo IV: Deducciones para el fomento de las actividades económicas



Texto encontrado en el fichero:
con-138.htm

Capítulo VII: Otras deducciones



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con-142.htm

Artículo 83. Cómputo de la retención e ingreso a cuenta.



Texto encontrado en el fichero:
con-145.htm

Décima. Entidades de Previsión Social Voluntaria.



Texto encontrado en el fichero:
con-148.htm

DISPOSICIONES FINALES



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con-149.htm

DECRETO FORAL 67/2002, de 17 de diciembre, por el que se establecen los coeficientes de actualización aplicables, en el ejercicio 2003, a efectos de lo dispuesto en el artículo 43.2 de la Norma Foral 8/1998, de 24 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta



Texto encontrado en el fichero:
con-150.htm

TÍTULO  I NATURALEZA  Y  ÁMBITO  DE  APLICACIÓN  DEL  IMPUESTO



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con-151.htm

2ª. Que en el año en el cual se produzca dicha situación, la tributación efectiva por este Impuesto sea inferior a la que hubiese correspondido de acuerdo con la normativa aplicable del territorio de residencia anterior al cambio.



Texto encontrado en el fichero:
con-153.htm

1.1.1.   TÍTULO  III  CONTRIBUYENTES



Texto encontrado en el fichero:
con-154.htm

Artículo 16.-                Rendimiento íntegro del trabajo.



Texto encontrado en el fichero:
con-156.htm

Artículo 22.-               Elementos patrimoniales afectos.



Texto encontrado en el fichero:
con-161.htm

Artículo 39.-               Rendimiento neto.



Texto encontrado en el fichero:
con-163.htm

Artículo 46.-               Reinversión en los supuestos de transmisión de vivienda habitual.



Texto encontrado en el fichero:
con-164.htm

SECCIÓN  3ª INSTITUCIONES  DE  INVERSIÓN  COLECTIVA



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con-165.htm

CAPÍTULO  VIII  REGLAS  ESPECIALES  DE  VALORACIÓN



Texto encontrado en el fichero:
con-166.htm

TÍTULO  V  BASE  LIQUIDABLE



Texto encontrado en el fichero:
con-170.htm

CAPÍTULO  IV  DEDUCCIONES  PARA  EL  FOMENTO  DE  LAS  ACTIVIDADES  ECONÓMICAS



Texto encontrado en el fichero:
con-175.htm

CAPÍTULO  III  LIQUIDACIONES  PROVISIONALES



Texto encontrado en el fichero:
con-178.htm

Séptima.-            Entidades de Previsión Social Voluntaria.



Texto encontrado en el fichero:
con-180.htm

Novena.-   Régimen transitorio de los contratos de seguro de vida generadores de incrementos o disminuciones de patrimonio con anterioridad a la entrada en vigor de esta Norma Foral.



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con-181.htm

Supuesto-2



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con-182.htm

LEY FORAL 22/1998, DE 30 DE DICIEMBRE,DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS



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con-183.htm

RÉGIMEN JURÍDICO, NATURALEZA, OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL IMPUESTO



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con-184.htm

Artículo 8º. Estimación de rentas



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con-185.htm

Artículo 16. Valoración de las retribuciones de trabajo no dinerarias o en especie



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con-187.htm

Artículo 28. Rendimientos obtenidos por la participación en fondos propios de cualquier tipo de entidad



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con-188.htm

Artículo 31. Supuestos que no tienen la consideración de rendimientos del capital mobiliario



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Sección 3ª  Rendimientos de actividades empresariales o profesionales



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Artículo 35. Normas para la determinación del rendimiento neto en estimación directa



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Artículo 37. Elementos patrimoniales afectos a actividades empresariales o profesionales



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con-192.htm

Artículo 40. Importe de los incrementos o disminuciones. Criterio general



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Artículo 44. Incrementos no justificados



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con-194.htm

Artículo 48. Calificación de la renta atribuida



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Artículo 50. Pagos a cuenta



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con-196.htm

CAPÍTULO III  Integración y compensación de rentas



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con-198.htm

CAPÍTULO II  Cuota líquida



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Contaplus



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Cursos Luis Bonilla



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Empresas



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Contaplus



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